El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) tiene la responsabilidad de buscar una solución a unos 15 mil vehículos retenidos en los centros de retención vehicular.
La Ley 63-17 establece que cuando el propietario de un vehículo removido no lo haya reclamado en un plazo de 90 días, el Poder Ejecutivo podrá venderlo en pública subasta para cubrir los gastos del servicio del remolque, depósito y de la publicación.
Al ser cuestionado por la prensa al respecto, el director del Intrant, Rafael Arias, sostuvo que iniciaron las conversaciones con la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo para buscar la manera de viabilizar la salida de los vehículos que asegura están en estado de chatarra.
“Imagínense ustedes qué significaría establecer una licitación de cerca de 15 mil vehículos retenidos en los centros de retención de la Digessett. Estamos buscando un procedimiento que pueda dar una solución a todos los vehículos retenidos”, dijo en rueda de prensa en la que anunció la fiscalización del corredor Charles de Gaulle.
“Nosotros aun sabiendo que existe una necesidad de resolver el problema debemos dar los pasos legales correspondientes para que mañana no sean ustedes los que digan: sacaron de circulación los vehículos retenidos porque había un negocio”, expresó.
En tal sentido, dijo que se pidió la recomendación del Ministerio de Medio Ambiente para cumplir con los procedimientos correspondientes.
Según dispone artículo 243, el Intrant deberá publicar cada mes en los medios digitales y en su página web a los propietarios el listado de todos los vehículos que se hayan removido temporalmente.
Sobre la responsabilidad de las unidades retenidas, la ley que rige precisa que la autoridad encargada de la administración de los depósitos de vehículos de motor será responsable de todos los vehículos puestos bajo su custodia, en su calidad de depositario, en tanto permanezcan en sus instalaciones.