La segunda Cámara Civil y Comercial del juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional declaró como inadmisible la acción de amparo interpuesta por los señores Manuel de Jesús Figuereo Feliz, Lucinda Patricia Figuereo Mercedes, Andrés Cruz, Faustino Cuevas, Nuris Reyes, Siriel Colón, Rosario Piña, José Ureña y la Federación Dominicana de Tiro de Precisión contra el Comité Olímpico Dominicano (COD).
El fallo, a favor del COD, está contenida en la sentencia 035-2023, expediente número SSEN-011030, de fecha 15 de noviembre del año 2023 firmada por la jueza Nidia Victoria Jorge Taveras y la secretaria Martina de los Santos Sánchez.
El fallo del Tribunal a favor del COD se hizo a petición del doctor Neftalí Santana, representante legal del organismo olímpico, declarando la inadmisibilidad de la demanda incoada por Manuel de Jesús Figuereo Feliz y su federación Dominicana de Tiro de Precisión ante ese Tribunal.
La acción de inconstitucionalidad de la sanción de que fue objeto, incoada por Figuereo Feliz, vía sus abogados Ronald Santana Nova y Servio Peña ante la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional fue conocido el día 8 de noviembre del presente año.
El Tribunal acogió la solicitud y se declaró incompetente por ser una decisión administrativa la suspensión por un período de 20 años a los directivos de la Federación Dominicana de Tiro de Precisión, a su presidente, señor Manuel de Jesús Figuereo Feliz, y a la secretaria, señora Figureo, hija de Manuel Figureo.
La sanción por 20 años a los directivos de la Federación Dominicana de Tiro de Precisión fue ampliada en la Asamblea General Extraordinaria, convocada por el COD, y donde el 99.9 por ciento de los asambleístas votó a favor, con una abstención.
Este es el tercer revés que sufren los federados en sus acciones ante los Tribunales buscando hacerle daño al COD y al movimiento olímpico en general. Las demás federaciones que han sido sancionadas son Esgrima, Pentatlón Moderno, Surf y Bádminton.
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