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Solo estos funcionarios podrán usar flanqueadores motorizados

El presidente Luis Abinader limitó el uso de flanqueadores motorizados en los desplazamientos de funcionarios, como parte de medidas administrativas para racionar el gasto público en este 2024.

La medida aplica solo a entidades del Poder Ejecutivo y está contenida en el decreto 71-24, dado a conocer este jueves, pero emitido el siete de este mes.

La norma solo permite a ciertos servidores públicos utilizar este servicio de seguridad.

«Las disposiciones del presente decreto aplican a los entes y órganos que conforman la Administración Pública bajo dependencia del Poder Ejecutivo, esto es, la Administración Pública Central, la desconcentrada y los organismos autónomos y descentralizados, durante el año 2024», refiere el artículo 2 de la norma que prohíbe y regula otras prerrogativas.

«Este decreto no aplica a los demás poderes del Estado ni a los órganos de rango constitucional, en función del prineipio de separación de poderes», agrega el párrafo 11 del referido artículo.

Según el documento presidencial, solo están autorizados a utilizar escoltas motorizadas el presidente de la República, la vicepresidenta, el ministro de Defensa, de las Fuerzas Armadas y del Ministerio de Interior y Policía.

• También pueden utilizarlos el director de la Policía Nacional, el procurador General de la República, el presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y el director Nacional de Inteligencia (DNI).

• Otros servidores públicos podrán utilizarlos solo cuando las circunstancias lo requieran y con previo permiso.

El decreto establece que «el ministro Administrativo de la Presidencia podrá exceptuar, de manera muy especial y mediante circular, a otros servidores públicos cuando las circunstancias lo requieran».

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