SANTO DOMINGO.- La jueza de la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional, Clara Luz Almonte rechazó la variación de la medida de coerción a prisión domiciliaria del abogado Johnny Portorreal Reyes, acusado por el Ministerio Público de estafar a 283 personas de apellido Rosario a los cuales prometió recuperarles una supuesta herencia de 13 trillones de euros que tenían depositada en un banco en el extranjero por un pariente lejano de apellido Rosario, la cual nunca cumplió.
La decisión de la magistrada se produjo luego de acoger un pedimento de los fiscales litigantes Magaly Sánchez, Rafael Reyes y Laura Vargas, quienes advirtieron la probabilidad de que el acusado en caso de permanecer en libertad o prisión domiciliaria, vaya a sustraerse a la acción de la justicia, evitando ser juzgado, estableciendo, además, que hasta el momento no han variado los presupuestos que permitan variar la prisión por una medida menos gravosa.
Previo al rechazo de la solicitud de variación de la medida de coerción, la jueza intentó conocer, por tercera ocasión, el juicio que se le sigue a Johnny Portorreal Reyes y a otras tres personas implicadas en la estafa millonaria, pero la audiencia fue aplazada para el 31 de agosto próximo a los fines de conocer dos incidentes y notificar a varios querellantes que no fueron citados a la vista de hoy.
La acusación instrumentada por la Fiscalía del Distrito Nacional, establece que el abogado Johnny Portorreal, Miguelina Gómez Santana, Miguel D´Oleo Montero e Hilario Amparo de la Cruz, se asociaron para estafar con 16 millones de pesos a cientos de personas de apellido Rosario, a quienes cobraron altas sumas de dinero, que van desde 15 mil hasta 24 mil pesos por persona, con la promesa de hacer las diligencias del supuesto cobro de una presunta herencia millonaria.
El Ministerio Público otorgó al presente hecho la calificación jurídica de violación a los artículos 265, 266 y 405 del Código Penal Dominicano, que tipifican los delitos de asociación de malhechores y la estafa, así como los artículos 2, 6 y 9 de la Ley 155-2017 sobre Lavado de Activos.
Fuente: noticias sin
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