Un proyecto de ley que se estudia en el Senado establece que serían castigados con dos años de prisión aquellos que repriman y sancionen a las mujeres por su orientación e identidad sexual o por su expresión de género.
La iniciativa fue presentada y depositada por la vicepresidenta del Senado, Faride Raful. La pieza incluye la violencia por perjuicio hacia la orientación sexual, identidad o expresión de género como una forma de violencia contra las mujeres, que es el objetivo principal del proyecto de ley.
La propuesta legislativa remite al artículo 336 del Código Penal actual las consecuencias que tendrían quienes cometan violencia contra las mujeres por orientación sexual. De acuerdo con el artículo, el delito sería sancionado con la pena de dos años cárcel, la misma impuesta para la discriminación.
El Código Penal vigente establece en su artículo 336 que la discriminación es toda distinción realizada a las personas por su origen, edad, sexo, situación familiar, estado de salud, discapacidades, costumbres, opiniones políticas, raza o religión.
El artículo 11 del proyecto de ley que analiza el Senado ordena que, cuando se compruebe la discriminación o violencia por orientación sexual, deberá garantizarse el respeto a su identidad de género y el resguardo a su dignidad, autonomía e intimidad.
Fuente: diario libre
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